FAQ
Busca tu duda o navega por categoría. Si no la encuentras, escríbenos directamente.
Sí. La ley estadounidense no exige ciudadanía, residencia ni visa para ser dueño de una LLC. Cualquier persona mayor de edad puede formar y operar una, desde cualquier país.
No. Son dos cosas completamente separadas: una es tu situación migratoria, otra es la propiedad de una empresa. Puedes tener la LLC sin pisar Estados Unidos nunca.
No, y cualquiera que te lo prometa te está informando mal. La LLC no tiene ninguna relación con visas, green card ni ciudadanía.
No. Puedes ser dueño de la empresa y operarla desde tu país, pero si quieres trabajar dentro de EE.UU. en persona, necesitas un permiso de trabajo o visa aparte — son trámites independientes.
No. Es imposible obtenerlo sin visa, y no hace falta para formar ni operar tu LLC.
No, si cumples con lo que corresponde a tu caso. El miedo suele venir de no saber qué hay que presentar — una vez lo tienes claro, es un trámite anual sencillo, no una amenaza.
No. Es un mito. Wyoming es simplemente el estado con menos costos y más simplicidad administrativa — por eso lo usan miles de negocios digitales legítimos, no por opacidad.
Sí, completamente legal. Es exactamente para eso que existe la LLC: te da acceso al sistema financiero estadounidense sin necesidad de residir en el país.
Sí. La formación de una LLC no depende de relaciones diplomáticas entre países — depende de tu documento de identidad válido. Miles de venezolanos ya operan sus LLC sin ningún inconveniente.
No. Todo el trámite de formación se hace directamente con el estado y el IRS de EE.UU., sin pasar por notarías ni apostillas en tu país.
Es una empresa que separa tu patrimonio personal del de tu negocio — si la empresa tiene una deuda o un problema legal, tus bienes personales (casa, coche, ahorros) quedan protegidos, siempre que no mezcles las finanzas.
Sí. Las LLC de un solo miembro (Single-Member LLC) son la estructura más común entre extranjeros.
Entre 1 y 10 días hábiles según el estado. Wyoming suele ser de los más rápidos.
Todo se hace de forma remota: formación, EIN y cuenta bancaria. No necesitas viajar en ningún momento.
Básicamente tu pasaporte vigente y una dirección de contacto. No hace falta nada más para empezar.
Sí, pero conviene revisar disponibilidad primero — tanto a nivel de registro estatal como, si más adelante quieres proteger la marca, a nivel de USPTO.
Es una persona o empresa con dirección física en el estado donde formas tu LLC, que recibe en tu nombre cualquier notificación legal u oficial. Todos los estados lo exigen porque tú, como extranjero, no tienes esa dirección.
No para ti como persona. La dirección la cubre el registered agent.
Si facturas a clientes internacionales, vendes online o quieres separar tu patrimonio personal del negocio, la LLC te da más protección y más credibilidad frente a plataformas de pago y bancos.
Si no vas a operar físicamente en EE.UU., Wyoming o New Mexico suelen ser los más recomendados: costos bajos, mantenimiento simple y buena privacidad.
Wyoming, salvo que tu plan sea buscar inversores o levantar capital — ahí Delaware tiene ventajas legales específicas para eso.
No necesariamente. El estado de formación no es lo mismo que dónde generas obligaciones fiscales — eso depende de dónde tienes "nexo" (ver categoría de impuestos).
Es posible, pero no es un trámite simple ni barato. Mejor decidir bien desde el principio.
El EIN es el número fiscal de tu empresa — lo necesitas siempre. El ITIN y el SSN son números fiscales de personas físicas, y solo hacen falta en situaciones muy concretas, no para formar ni operar tu LLC.
No. Es el error más caro y más común del sector: algunas empresas te dicen que sí para cobrarte un trámite que no necesitas.
Sí. El IRS tiene un proceso específico para dueños extranjeros sin SSN ni ITIN.
Normalmente entre 1 y 3 semanas, dependiendo de la vía usada.
Si tienes que presentar una declaración de impuestos personal en EE.UU. (por ejemplo, si generas ingresos considerados de fuente estadounidense), ahí sí puede hacer falta. Es una situación específica, no la norma general.
En la mayoría de casos de negocios digitales sin presencia física, no hay impuesto federal sobre la renta. Pero eso no significa cero obligaciones — igual hay que presentar ciertos formularios cada año.
Es una declaración informativa obligatoria para toda LLC de un solo dueño extranjero, exista o no actividad. No declarar ingresos no te exime de presentarlo — la multa por no hacerlo es de $25,000.
Sí, normalmente. La LLC no tributa como entidad separada en EE.UU. (es "transparente" fiscalmente) — los beneficios pasan a ti y se declaran donde resides fiscalmente.
Es la conexión que genera obligación de cobrar y declarar impuestos en un estado — se activa por tener inventario, empleados o ciertos niveles de venta ahí, sin importar dónde formaste tu LLC.
No del todo. Amazon cobra y remite el impuesto en la mayoría de estados, pero en varios de ellos tú sigues obligado a registrarte y presentar declaraciones informativas, aunque el dinero ya lo haya gestionado Amazon.
Depende de tu volumen y complejidad. Para la mayoría de casos, el mantenimiento anual que ofrecemos cubre lo esencial — si tu situación se complica (múltiples estados, ingresos altos), sí conviene sumar un CPA especializado.
Sí. El Formulario 5472 se presenta exista o no actividad — es la parte que más gente no sabe y que genera más multas evitables.
No es obligatorio — puedes vender como persona física con un W-8BEN. Pero la LLC te da cuenta bancaria en EE.UU., más credibilidad y mejor protección patrimonial.
Sí, con fintechs como Mercury o Wise Business — los bancos tradicionales (Chase, Bank of America) sí suelen exigir presencia física.
No, con las opciones digitales orientadas a extranjeros no residentes.
Entre pocos días y hasta 2-3 semanas, dependiendo de cuánta información aportes desde el principio (web activa, descripción clara del negocio).
No es el final del camino — se puede responder con más información, o aplicar a una alternativa.
Renovar el registered agent, presentar el reporte anual del estado (si aplica) y el Formulario 5472/1120 pro forma ante el IRS. Nuestro plan de mantenimiento cubre todo esto.
No. Desde marzo de 2025, las LLC formadas en Estados Unidos — aunque el dueño sea extranjero — están exentas de presentarlo. Solo aplica a empresas formadas en otro país y registradas después para operar en EE.UU.
El estado puede marcar tu LLC como "no cumplida", lo que genera recargos y, si se prolonga, puede llevar a la disolución administrativa por parte del estado.
No. Dejar de pagar no cierra la LLC — sigue generando obligaciones y multas hasta que la disuelvas formalmente ante el estado.
Varía por estado — normalmente entre 5 y 10 días hábiles en los estados más usados por extranjeros, con una tasa estatal que también depende de cada uno.
Sí. Hace falta presentar la declaración final marcada como tal — son dos pasos distintos, no uno. Nosotros nos encargamos de todo para que no queden cabos sueltos.
Sí, y es gratis. No cambia tu agente residente ni tu dirección salvo que tú quieras — tu LLC sigue siendo la misma, solo cambia quién la gestiona.
No. El EIN es tuyo, no de la gestora — te acompaña sin importar quién lleve la administración.
Busca que tenga PTIN (registro oficial ante el IRS para preparadores de impuestos), reseñas verificables, y que te expliquen con claridad qué incluye cada pago — sin presión ni urgencia artificial.
No. Si alguien te lo vende como paso obligatorio para formar tu LLC, te está cobrando algo que no hace falta en la mayoría de los casos.
No es obligatorio, pero si ya tienes una LLC, el registro queda más claro y ordenado.
Sí, desde 2019 la USPTO lo exige para solicitantes con domicilio fuera de EE.UU. — nuestro servicio ya lo incluye.
Entre 12 y 18 meses en casos sin objeciones ni oposiciones de terceros — no es inmediato, y nadie puede garantizarte un plazo exacto.
Por eso hacemos primero una investigación de disponibilidad — para reducir ese riesgo antes de invertir en la solicitud completa.
Es una objeción del examinador de la USPTO durante el proceso — es común, y respondemos por ti sin coste adicional dentro del servicio de registro.
Si ya vendes el producto o servicio, aplicas "en uso" (1a) y presentas la prueba de inmediato. Si todavía no vendes pero planeas hacerlo, aplicas por "intento de uso" (1b) y presentas la prueba más adelante, cuando ya estés vendiendo.
Fotos del producto a la venta con la marca visible, o capturas de tu tienda en Amazon, TikTok o Instagram donde se vea la marca en uso real, no solo planificado.
Normalmente unos 6 meses después de que la USPTO apruebe la solicitud (Notice of Allowance). Si en ese momento todavía no estás vendiendo, puedes pedir una extensión de tiempo.
No. El registro tiene que corresponder al producto o servicio que realmente vendes ahora, en las clases correspondientes. Ampliarlo para cubrir planes futuros aumenta el riesgo de que la USPTO lo rechace.
Sí. Se pueden pedir extensiones sucesivas, dentro de los límites que marca la ley, siempre que sigas teniendo intención real de usar la marca. Cada extensión tiene su propia tarifa de la USPTO.
No se encontraron resultados para tu búsqueda.
Cuéntanos tu caso concreto y te respondemos directo, sin compromiso.
Escríbenos →Opiniones de clientes
Herramienta exclusiva
Genera tu calendario personalizado de gestiones federales y estatales — con todas las fechas clave para tu LLC, listo para descargar en PDF.
Ver mi calendario